Algunas cuestiones clave respecto al pago del medio Sueldo Anual Complementario deben ser resueltas para que los trabajadores conozcan perfectamente tanto sus derechos como las obligaciones fiscales asociadas.
Por Canal26
Miércoles 18 de Diciembre de 2024 - 16:20
Aguinaldo. Foto: NA.
Si bien el medio aguinaldo de diciembre es una buena noticia para los trabajadores que deben costear los gastos extra que significa el mes de diciembre atravesado por las fiestas, el ingreso adicional que reciben los trabajadores registrados también tiene algunas cuestiones que generan dudas y requieren aclaración.
En primer lugar, es fundamental entender cómo se calcula el monto del aguinaldo y cuál es el tope establecido para determinar si se aplica el Impuesto a las Ganancias. El Sueldo Anual Complementario equivale al 50% de la mejor remuneración mensual percibida en cada semestre del año, lo que incluye sueldo básico, horas extras, comisiones y otros conceptos variables, dependiendo de la normativa laboral aplicable en cada caso.
Aguinaldo. Foto: NA.
En cuanto al aspecto fiscal, el aguinaldo está sujeto a las normas del Impuesto a las Ganancias, y es aquí donde suelen surgir las principales inquietudes. Dependiendo del monto, algunos trabajadores pueden verse obligados a tributar, reduciendo así el beneficio neto del ingreso adicional.
El monto sobre el cual un trabajador que cobró el aguinaldo debe pagar Ganancias suele variar según su composición familiar: un empleado sin cargas familiares puede deducir $846.725, mientras que los que tienen cónyuge y dos hijos a cargo puede computar deducciones por hasta $1.122.889.
De esta manera, para que un trabajador soltero empiece a pagar el Impuesto sobre el aguinaldo de diciembre, deberá haber cobrado un salario mensual de al menos $1.693.450.
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Según la norma vigente, el aguinaldo está exento en el Impuesto a las Ganancias siempre y cuando el sueldo bruto promedio del semestre no supere un determinado monto. En este sentido, hay que tener en cuenta que, en teoría, la deducción no opera de la misma manera que el mínimo exento implementado anteriormente por la administración previa.
Con la entrada en vigor de la Ley 27.743, que regula el Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones, se eliminó la exención relacionada con el aguinaldo.
A su vez, se creó una deducción especial equivalente a la doceava parte de las deducciones personales, como la deducción por ganancia no imponible, la deducción especial y las cargas de familia. Por este motivo, los trabajadores ahora disfrutan de algún beneficio que reduce, al menos parcialmente, el impacto del impuesto sobre el aguinaldo.
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